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Algunas preguntas frecuentes
Se pueden otorgar Capitulaciones Matrimoniales antes y después de celebrar el matrimonio. La Ley 62 del años 2018 estableció una nueva norma donde los cónyuges pueden estipular, modificar o sustituir sus Capitulaciones Matrimoniales previo o posterior a la celebración del matrimonio. Debe ser mediante escritura otorgada ante un notario público.
a. Es una escritura pública ante notario que tiene como propósito proteger su residencia principal contra demandas, embargos y ejecuciones.
Al fallecer una persona sin haber otorgado un testamento, es el Tribunal quien debe determinar quieres serán herederos a través de una Petición de Declaratoria de Herederos.
Una vez el banco le entregue el Pagaré Hipotecario, debe acudir ante un Notario Público para otorgar una escritura de Cancelación de Pagaré Hipotecario el cual deberá ser presentado al Registro de la Propiedad correspondiente.